Extiende la aplicación del pago adicional por años de servicios prestados, a trabajadores, personal docente e investigador, que incluye a los cuadros que tienen categoría docente o de investigación.
Dicta el REGLAMENTO PARA LA ORGANIZACION SALARIAL DEL PERSONAL DOCENTE, DIRIGENTES NO DOCENTES Y PERSONAL DE APOYO DE LAS ESCUELAS DE CAPACITACION DE LOS ORGANOS Y ORGANISMOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL DEL ESTADO.
Modifica, para su aplicación en el curso escolar 2020-2021, aspectos de la “Metodología para la Evaluación de los Resultados del Trabajo del Personal Docente”.
Establece el Reglamento Salarial del Personal Docente, Dirigentes No Docentes y Personal de Apoyo de las Escuelas de Capacitación de los Órganos y Organismos de la Administración Central del Estado.
Aprueba un pago adicional ascendente a $100.00 mensuales a los profesores y dirigentes docentes que forman parte integrante de la plantilla de los Institutos Superiores Pedagógicos y que imparten docencia.
Aprueba las normas para la organización del trabajo del personal docente del Sistema Nacional de Educación y de los centros de estudios pertenecientes a otros organismos de la Administración Central del Estado que tienen formación completa; exceptuando a los docentes de las Universidades de Ciencias Pedagógicas.