Establece las Tarifas que debe aplicar la Oficina Cubana de la Propiedad Industrial a las personas naturales, jurídicas, nacionales y extranjeras, por la prestación de determinados servicios.
Establece las tarifas que debe aplicar la Oficina Cubana de la Propiedad Industrial, en moneda nacional, a las personas naturales y jurídicas nacionales y extranjeras, por la prestación de determinados servicios.