Autoriza, de forma excepcional, a los mercados agropecuarios que reúnan las condiciones de organización, control y otras, a crear el Área Estatal, como una acción de protección al consumidor.
Aprueba y pone en vigor el Sistema de Inspección de la Protección al Consumidor en los Organismos de la Administración Central del Estado, los Organos Estatales y las Entidades Nacionales.
Autoriza la constitución de un núcleo para los consumidores que se encuentren en determinados casos, a los efectos de otorgar una libreta de abastecimiento con vigencia hasta el 31 de diciembre de 2021.
Establece los principios fundamentales que las instituciones financieras tendrán en cuenta para determinar las tarifas y comisiones , a fin de procurar en todo momento el justo balance entre la protección de los derechos de los clientes y la preservación de márgenes de beneficio competitivos, de forma que no se inhiba la oferta de productos y servicios financieros.