Resolución 49 de 2004 de Ministerio de Finanzas y Precios

Estado: 
Identificador de norma: 
GOC-2004-305-EX4
Resumen: 

Refiere que las empresas estatales, las sociedades mercantiles de capital totalmente cubano, las unidades básicas de producción cooperativa, las cooperativas de producción agropecuaria, las cooperativas de crédito y servicios fortalecidas, los inversionistas nacionales y extranjeros partes en los contratos de asociación económica internacional y las empresas mixtas y de capital totalmente extranjero, quedan obligadas a constituir y mantener una Reserva para Pérdidas y Contingencias, a partir de sus utilidades.

Resolución 32 de 2010 de Banco Central de Cuba

Resumen: 

Establece que los bancos están obligados a mantener reservas por los depósitos a la vista en pesos cubanos o en pesos convertibles, en determinadas formas y cuantías.