Establece con carácter obligatorio la Norma Técnica Ramal que se relaciona, para el Ministerio de la Industria Alimentaria, sus empresas y demás dependencias, así como para aquellas entidades no subordinadas a este Organismo cuyas actividades están relacionadas con el cumplimiento de dicha norma. (N RIAL 262:10 Cereales y Producto de Cereales. Confites. Especificaciones de Calidad).