Autoriza a los contralores jefes provinciales y al del municipio especial Isla de la Juventud en cada uno de sus respectivos territorios, a conocer, tramitar y evaluar los recursos de apelación que se interpongan por parte de los controlados, contra el resultado total o parcial del informe de auditoría u otra acción de control, realizada en el marco de la IX Comprobación Nacional al Sistema de Control Interno correspondiente al año 2014