Extiende hasta el 10 de julio del 2011 el término de pago de las obligaciones tributarias, correspondientes a los meses de enero a mayo del actual ejercicio fiscal, a los trabajadores por cuenta propia que ejercen las actividades de Arriero y de Transporte de carga con medios de tracción animal vinculados a entidades estatales para la prestación de sus servicios, así como a los que ejercen la actividad de Transporte de pasajeros con medios de tracción animal vinculados al sector de educación para el traslado de estudiantes.