Dispone el traspaso de los derechos mineros de explotación del mineral de arcilla en el área denominada Arcilla Manuelito, ubicada en el municipio Guamá, provincia de Santiago de Cuba, a favor de la Empresa Provincial de Producción de Materiales de Construcción de Santiago de Cuba, con el objetivo de continuar la explotación de dicho mineral en la producción de ladrilos para la construcción y reparación de viviendas en la zona de Guamá.