Otorga a la Empresa Materiales de Construcción de la Isla de la Juventud, en lo adelante el concesionario, una concesión de explotación del mineral de caolín, en el área denominada Río del Callejón Norte, ubicada en el municipio especial Isla de la Juventud, por el término de veinticinco (25) años, con el fin de ser usado en la producción de cemento blanco y cemento para cerámica, gomaneumáticos y papel.