Dispone el traspaso de los derechos mineros de la concesión de explotación y procesamiento del mineral de arena cuyo titular era el Centro Nacional de Producciones Varias, en el área denominada San Luis, ubicada en el municipio de Jaruco, provincia de Mayabeque, a favor de la Empresa Constructora Occidente del Ministerio del Interior, con el objeto de explotar y procesar dicho mineral para su utilización en la producción de hormigones y bloques para la construcción.