Identificador de norma: 
GOC-2020-104-O9
Resumen: 

Establece que los precios máximos de acopio, de compra y minorista de productos agrícolas, aprobados en la presente  Resolución se apliquen por las entidades estatales y no estatales que participan en la comercialización, excepto en los mercados agropecuarios de Oferta y Demanda y los arrendados por los trabajadores por cuenta propia.

Número: 
506
Año: 
2020
Palabras Claves: 
Estado: 
Anotada y concordada: 
No
Normas que la modifican: 
No existen referencias de normas