Identificador de norma: 
GOC-2007-305-O25
Resumen: 

Clasifica como PUERTOS PESQUEROS de la República de Cuba a los fines y objetivos del Decreto-Ley No. 230 DE PUERTOS a determinados puertos  por sus instalaciones y servicios, y porque reúnen las condiciones técnicas, de seguridad, control administrativo y de logística que permitan que en ellas se realicen las operaciones marítimo portuarias y demás actividades  previstas en la Ley.

Número: 
62
Año: 
2007
Palabras Claves: 
Anotada y concordada: 
No
Normas que la modifican: 
No existen referencias de normas
Norma que la deroga: 
No existen referencias de normas