Identificador de norma: 
GOC-2003-62-O7
Resumen: 

Refiere que las personas jurídicas autorizadas a ejecutar la exportación, de forma permanente, temporal o eventual, de dferentes productos, que clasifiquen como equipos de segunda mano o partes y piezas consideradas ociosas, vienen obligadas a contar con la Autorización Técnica emitida por la Unión de Empresas de Recuperación de Materias Primas.

Número: 
1
Año: 
2002
Estado: 
Anotada y concordada: 
No
Normas que la modifican: 
No existen referencias de normas