Acuerdo 10257 de 2025 de Consejo de Ministros

Identificador de norma: 
GOC-2026-146-EX15
Resumen: 

El presente Acuerdo tiene como objeto la creación del Hogar de Alimentación Comunitaria, y establecer las regulaciones para su funcionamiento, asícomo disponer las responsabilidades de los jefes de las estructuras organizativas de las administraciones provinciales y municipales del Poder Popular que correspondan, y la de los gobernadores e intendentes, a fin de garantizar la calidad de los servicios gastronómicos que se brindan en este.

Resolución 16 de 2025 de Ministerio de Trabajo y Seguridad Social

Identificador de norma: 
GOC-2026-145-EX14
Resumen: 

Establece el procedimiento a cumplir por las direcciones de Trabajo y Seguridad Social municipales en la tramitación de las solicitudes de los posibles beneficiarios del servicio gastronómico que se brinda en el Sistema de Atención a la Familia.

Resolución 118 de 1996 de Ministerio del Comercio Interior

Identificador de norma: 
GOC-1996-473-O30
Resumen: 

Poner en vigor el reglamento para la determinación, fijación, modificación y control de la categoría de servicios de los establecimientos gastronómicos.

Resolución 4 de 1999 de Ministerio de Finanzas y Precios

Identificador de norma: 
GOC-1999-82-O4
Resumen: 

Establece la base imponible que se aplicará a las personas jurídicas estatales que presten servicios gastronómicos en pesos cubanos y sus unidades o establecimientos, incluidos los puntos fijos y móviles.

Resolución 53 de 1996 de Ministerio de Finanzas y Precios

Estado: 
Identificador de norma: 
GOC-1996-674-O41
Resumen: 

Garantiza la regulación y control fiscal de la gastronomía estatal.

Resolución 55 de 2003 de Ministerio de Finanzas y Precios

Identificador de norma: 
GOC-2003-236-O18
Resumen: 

Dispone, que todas las personas jurídicas, que comercialicen guarapo en moneda nacional, con independencia de su forma de propiedad, paguen el Impuesto sobre los Servicios Públicos, en lo concerniente a la prestación de servicios gastronómicos, por las ventas de este producto.

Instrucción 37 de 2002 de Ministerio de Finanzas y Precios

Estado: 
Identificador de norma: 
GOC-2002-1525-O79
Resumen: 

Instruye que tendrán la consideración de varias mercancías listas para la venta y, en consecuencia, quedarán excluidas de la base imponible del Impuesto sobre los Servicios Públicos, en lo concerniente a los servicios gastronómicos que presten en pesos cubanos las personas jurídicas estatales.

Instrucción 45 de 2003 de Ministerio de Finanzas y Precios

Estado: 
Identificador de norma: 
GOC-2004-117-O6
Resumen: 

Refiere que a los efectos de la determinación del Impuesto sobre los Servicios Públicos, en lo concerniente a la prestación de servicios gastronómicos en pesos cubanos, tendrán la consideración de mercancías listas para la venta y en consecuencia, serán deducibles de la base imponible de dicho impuesto.

Instrucción 34 de 2007 de Ministerio de Finanzas y Precios

Estado: 
Identificador de norma: 
GOC-2007-756-O52
Resumen: 

Actualiza el número de mercancías exentas del pago del Impuesto sobre los Servicios Públicos de Gastronomía.

Resolución 81 de 2021 de Ministerio de la Agricultura

Estado: 
Identificador de norma: 
GOC-2021-357-EX30
Resumen: 

Autoriza la comercialización directa en pesos cubanos (CUP), entre los establecimientos hoteleros y gastronómicos del sector turístico y las empresas estatales que tienen en su patrimonio organopónicos, las Unidades Básicas de Producción Cooperativa, Cooperativas de Producción Agropecuaria, Cooperativas de Créditos y Servicios, así como los agricultores pequeños incluyendo los usufructuarios de tierra, vinculados o no a cooperativas o entidades estatales; de los productos agrícolas sin procesar industrialmente, incluyendo flores frescas y plantas ornamentales, arroz consumo, carbón vegetal,

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