Resolución 32 de 2002 de Ministerio de Finanzas y Precios

Identificador de norma: 
GOC-2002-171-O11
Resumen: 

Exime del pago del Impuesto por la Utilización de la Fuerza de Trabajo, hasta el 30 de junio del año 2002, a las cooperativas de producción agropecuaria, las unidades básicas de producción cooperativa, las unidades estatales de producción agropecuaria (granjas estatales) y los agricultores pequeños, propietarios o usufructuarios de tierras, que se dediquen a la actividad cañera, por la utilización de la fuerza de trabajo movilizada en apoyo, programada, que se dedique al cultivo y cosecha de la caña de azúcar.

Resolución 97 de 2008 de Ministerio de Finanzas y Precios

Identificador de norma: 
GOC-2008-510-O26
Resumen: 

Establece el reglamento para el pago al Presupuesto del Estado de la Contribución Social por parte de los usufructuarios de tierras para el cultivo de tabaco, café y cacao.

Resolución 99 de 2008 de Ministerio de la Agricultura

Identificador de norma: 
GOC-2008-501-O26
Resumen: 

Designa las entidades responsabilizadas con la atención al usufructuario.

Resolución 599 de 2021 de Ministerio de la Agricultura

Identificador de norma: 
GOC-2021-935-O115
Resumen: 

Aprueba las regulaciones específicas a tener en cuenta en los contratos de vinculación de los usufructuarios de tierras estatales ociosas con las empresas estatales y las cooperativas agropecuarias.

Resolución 598 de 2021 de Ministerio de la Agricultura

Identificador de norma: 
GOC-2021-934-O115
Resumen: 

Reconoce como productor agropecuario a la persona natural que realiza una actividad económica vinculada a la producción agropecuaria, azucarera o forestal, sin ser propietario o usufructuario de tierras, y que forma parte de la base productiva.

Resolución 85 de 2007 de Ministerio de Trabajo y Seguridad Social

Identificador de norma: 
GOC-2008-65-O2
Resumen: 

Establece el procedimiento para el registro de los usufructuarios de tierra para el cultivo de tabaco, café y cacao  al régimen de Seguridad Social y para la concesión de  prestaciones monetarias.

Resolución 173 de 2021 de Banco Central de Cuba

Estado: 
Identificador de norma: 
GOC-2021-645-O76
Resumen: 

Establece las condiciones para el  otorgamiento de créditos por los bancos a las formas productivas de la agricultura, concepto que incluye las empresas y granjas estatales, unidades básicas de producción cooperativa (UBPC), cooperativas de producción agropecuaria (CPA), cooperativas de crédito y servicios (CCS) y productores individuales.

Resolución 81 de 2021 de Ministerio de la Agricultura

Estado: 
Identificador de norma: 
GOC-2021-357-EX30
Resumen: 

Autoriza la comercialización directa en pesos cubanos (CUP), entre los establecimientos hoteleros y gastronómicos del sector turístico y las empresas estatales que tienen en su patrimonio organopónicos, las Unidades Básicas de Producción Cooperativa, Cooperativas de Producción Agropecuaria, Cooperativas de Créditos y Servicios, así como los agricultores pequeños incluyendo los usufructuarios de tierra, vinculados o no a cooperativas o entidades estatales; de los productos agrícolas sin procesar industrialmente, incluyendo flores frescas y plantas ornamentales, arroz consumo, carbón vegetal,

Resolución 356 de 2018 de Ministerio de Finanzas y Precios

Identificador de norma: 
GOC-2018-743-EX69
Resumen: 

Autoriza a la Oficina Nacional de Administración Tributaria a inscribir de oficio en el Registro de Contribuyentes a los usufructuarios de tierras agrícolas estatales y los propietarios de tierras agrícolas, tenedores de ganado sin tierra y otros productos individuales de alimento del país, y en consecuencia no exigir por este trámite el Impuesto sobre Documentos, previsto en la Ley Tributaria.

Resolución 228 de 2018 de Ministerio de Finanzas y Precios

Estado: 
Identificador de norma: 
GOC-2018-655-EX60
Resumen: 

Los usufructuarios de tierras agrícolas estatales y los propietarios de tierras agrícolas, tenedores de ganado sin tierra y otros productores individuales de alimento, a los efectos del cálculo y pago del Impuesto sobre los Ingresos Personales, mediante declaración jurada, justifican documentalmente el cincuenta por ciento (50%) del límite de los gastos deducibles autorizados por Ley No. 113, "Del Sistema Tributario" de hasta el setenta por ciento (70%) de los ingresos anuales obtenidos.

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