Que el día 10 de enero de 2016, el Gobierno de la República de Cuba le comunicó al Gobierno de la República Argelina Democrática y Popular el cumplimiento de sus requisitos legales internos para la entrada en vigor del referido Memorándum y, a su vez, el día 22 de noviembre de 2016, el Gobierno de la República Argelina Democrática y Popular le comunicó al Gobierno de la República de Cuba el cumplimiento de sus requisitos legales internos, a los fines de su entrada en vigor ese propio día, conforme al Artículo 12 del mismo.