Establece un límite máximo para los pagos en efectivo que se deriven de una relación contractual o extracontractual entre las personas jurídicas cubanas, y los pagos de estas y las personas jurídicas extranjeras a las personas naturales autorizadas a ejercer el trabajo por cuenta propia y a las formas de gestión no estatal.
Aplica a los trabajadores por cuenta propia vinculados a la Empresa TAXIS CUBA, en la modalidad de servicio de alto confort, los precios establecidos por el Ministro de Finanzas y Precios, de los combustibles que se expenden en los servicentros.
Aprueba el “Procedimiento para la licitación del arrendamiento de establecimientos y bienes muebles del sistema de comercio interior a trabajadores por cuenta propia”.
Aprueba con carácter temporal adecuaciones laborales, salariales y de trabajo por cuenta propia, mientras se mantenga la situación originada por la presencia de la COVID-19 en el país.