Autoriza a los Laboratorios de Psicofisiología del Ministerio del Transporte realizar las evaluaciones y diagnósticos de las aptitudes psicofisiológicas de los choferes profesionales, de los tripulantes de las naves marítimas y los Prácticos de Mar y de Puertos.
Crea el “SISTEMA DE APROBACIÓN DE PRODUCTOS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON EL TRANSPORTE”, al que estarán sujetos aquellos productos y servicios que incidan tanto en la seguridad de la propiedad social como en la individual, así como en la protección de la vida y el medio ambiente.
Regula el impuesto sobre el transporte terrestre y define que se efectuará el pago del mismo a través del modelo CR-10 “Talonario para el pago del Impuesto sobre el Transporte Terrestre”.
Refiere que están obligados al pago de la Tasa por Peaje, los conductores, cubanos o extranjeros, de vehículos de motor de transporte terrestre que circulen por los tramos de carreteras gravados por este tributo.