Dispone el traspaso de los derechos mineros de explotación del mineral de marga arcillosa en el área denominada Managua, que le fueran otorgados a la Empresa de Cerámica Roja y Refractaria del Ministro de la Industria Básica, a favor de la Empresa de Hormigón y Terrazo, integrada al Grupo Empresarial Industrial de la Construcción.