Extiende hasta el 31 de octubre de 2024, el término de pago de las obligaciones tributarias de personas naturales y jurídicas, con fecha de cumplimiento previstas inicialmente para octubre de 2024.
Aprueba el Régimen Especial Tributario aplicar a las entidades pertenencientes al sector agropecuario subordinadas a los ministerios de las Fuerzas Armadas Revolucionarias y del Interior.
Establece la forma de tributación, por las gratificaciones que reciben las personas naturales cubanas y extranjeras, residentes permanentes en el territorio nacional.
Establece las adecuaciones tributarias para el cálculo, pago y liquidación adicional del Impuesto sobre los Ingresos Personales, mediante la presentación de declaración jurada.