Crea un grupo de trabajo encargado de acordar, aplicar y controlar la ejecución de la política que de conjunto se decida en la compra, importación y distribución interna de vinos.
Aprueba el precio minorista de doscientos veintisiete pesos cubanos (227.00 CUP), al Ron Havana Club Profundo de 700 ml, para la venta en las entidades del comercio minorista.
Modifica el apartado Octavo de la Resolución No. 135 de fecha 17 de octubre de 2001, incorporándole que en el caso de las entidades del Ministerio del Azúcar se oirá además el parecer del Laboratorio LABEB del Instituto de Investigaciones Derivadas de la Caña de Azúcar.
Aprueba el precio mayorista máximo en pesos cubanos (CUP) del producto elaborado por la Unión de Bebidas y Refrescos con destino al Comercio, Gastronomía, Organismos y Entidades autorizadas.