Prohíbe el arrendamiento de viviendas, habitaciones o espacios con fines habitacionales u otros a los integrantes de Misiones Diplomáticas, Consulares, Organismos Internacionales y de las Agencias de Prensas acreditados en el país.
Autoriza la inscripción para arrendar temporalmente a los solicitantes que cumplan los requisitos preestablecidos en las disposiciones vigentes sobre arrendamiento y que sus inmuebles se encuentran ubicados en el municipio de Varadero en su totalidad, así como el área de playa “La Boca” municipio Trinidad, Sancti Spíritus.