Establece que los aspirantes a socios fundadores de una cooperativa no agropecuaria o de una micro, pequeña y mediana empresa realicen las aportaciones dinerarias en pesos cubanos para su constitución.
Del Régimen Especial de Seguridad Social para los trabajadores por cuenta propia, los socios de las cooperativas no agropecuarias y de las micro, pequeñas y medianas empresas privadas.