Resolución 457 de 2012 de Ministerio de Finanzas y Precios

Resumen: 

Establece las oficinas bancarias donde operan las Unidades Básicas de Producción Cooperativa no cañeras, retendrán a partir del 1ro de enero de 2013, el aporte del cinco por ciento (5%) sobre los ingresos brutos.

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