Dispone aplicar a las cargas de las personas naturales, que hayan arribado al país en el año 2020 y que se despachen en el 2021, la tarifa de servicio de despacho mercantil vigente hasta el 31 de diciembre de 2020.
Establece las tasas máximas anuales de depreciación específicas para las entidades constituidas al amparo de la Ley de la Inversión Extranjera, y precisa su modo de actuación a partir de la medidas aprobadas para la implementación de la unificación monetaria y cambiaria en el país.
Aprueba el sistema para la formación de las tarifas eléctricas en pesos cubanos para el cobro del servicio eléctrico a las formas de gestión no estatal.