Aprueba los precios minoristas máximos en pesos cubanos de los productos agropecuarios para la venta normada con destino a dietas médicas y controlada en establecimientos estatales y regula lo referente a los precios minoristas máximos de los productos agropecuarios para la venta liberada a la población en dichos establecimientos.
Deroga las resoluciones conjuntas 1, del 15 de enero de 2005; 1, del 31 de enero de 2013 y 1 del 15 de febrero de 2016, dictadas por los ministros de Finanzas y Precios y de Economía y Planificación.
Regula la exención y la tarifa arancelaria para las importaciones de productos mediante envíos sin carácter comercial destinados a personas naturales, así como la moneda en que se realiza el pago de esta tarifa.
Regula la exención, las tarifas arancelarias y la moneda en que se realiza el pago de estas tarifas por la importación de productos sin carácter comercial, realizadas por personas naturales en su condición de pasajeros.
Establece los precios de venta de los combustibles en pesos cubanos que se comercializan a través de la red de servicentros con destino a entidades estatales y sociedades mercantiles de capital ciento por ciento cubano, sujetos que operan en el país al amparo de la Ley 118 “De la Inversión Extranjera” así como a los usuarios y concesionarios de la Zona Especial de Desarrollo Mariel.
Autoriza al Ministro del Transporte y al Jefe de la Unión de Ferrocarriles de Cuba a establecer las tarifas en pesos cubanos para los servicios de transportación de pasajeros.