Establece el Sistema Salarial para el Instituto de Aeronáutica Civil de Cuba, que abarca a los trabajadores de las categorías ocupacionales de operarios, trabajadores administrativos, trabajadores de servicios, técnicos y dirigentes.
Establece el Sistema Salarial para las Tripulaciones Técnicas y de Cabina de Pasajeros de las compañías Cubana de Aviación S.A.; Aerocaribbean S.A. y la Empresa Nacional de Servicios Aéreos S.A.
Aprueba los cargos y ocupaciones para las Tripulaciones Técnicas y de Cabina de Pasajeros de la Compañía Aerocaribbean S.A, y fija los salarios correspondientes de acuerdo a la clasificación de las aeronaves.
Aprueba los calificadores de cargos técnicos, ocupaciones de operarios y de servicios para el Ministerio de Educación y demás instituciones que integran el Sistema Nacional de Educación.