Establece el sistema salarial del Ministerio del Transporte que abarca a los trabajadores de las categorías ocupacionales de operarios, trabajadores administrativos, trabajadores de servicios, técnicos y dirigentes.
Autoriza a todos los trabajadores de la Empresa Palacio de las Convenciones, que realiza funciones vinculadas con la atención a la máxima dirección del país un incremento salarial mensual por concepto de Régimen Especial de Trabajo.
Modifica determinados preceptos de la Resolución 6/1998, referida a vincular la evaluación del trabajo de los técnicos con los resultados de la unidad donde laboran.
Aprueba y pone en vigor, para todas las entidades del país, los Lineamientos Metodológicos para el estudio y aplicación de medidas de organización del trabajo en las entidades cubanas.