Refiere que la reducción temporal de la jornada laboral en 30 minutos sin afectación salarial, concluye el martes 1 de marzo de 2005, por lo que se restablecen las jornadas y horarios habituales.
Establece el sistema salarial del Ministerio del Comercio Exterior que abarca a los trabajadores de las categorías ocupacionales de operarios, trabajadores administrativos, trabajadores de servicios, técnicos y dirigentes.
Establece el Sistema Salarial del Ministerio de Economía y Planificación que abarca a los trabajadores de las categorías ocupacionales de operarios, trabajadores administrativos, trabajadores de servicios, técnicos y dirigentes.
Mantiene, para el cargo técnico Trabajador Social, el grupo VII de la escala salarial única, cuando el trabajador que lo desempeña posee nivel medio superior.