Establece el Sistema Salarial de las Unidades Presupuestadas de Farmacias y Opticas, que abarca a los trabajadores de las categorías ocupacionales de operarios, trabajadores administrativos, trabajadores de servicios, técnicos y dirigentes.
Refiere que las direcciones de Trabajo provinciales y municipales están responsabilizadas con la ubicación laboral de los licenciados del Servicio Militar Activo y de controlar su integración laboral.
Establece el Sistema Salarial para el Ministerio de la Industria Alimentaria, que abarca a los trabajadores de las categorías ocupacionales de cuadros, técnicos, operarios, trabajadores administrativos y trabajadores de servicios.