Resolución 124 de 2016 de Ministerio de Finanzas y Precios

Estado: 
Identificador de norma: 
GOC-2016-408-EX12
Resumen: 

Dispone que las cooperativas no agropecuarias están sujetas, conforme con la Ley No. 113 “Del Sistema Tributario”, al pago de los tributos que les corresponda; y en específico por el ejercicio de la actividad económica, se obligan a pagar los impuestos sobre Utilidades, sobre las Ventas, sobre los Servicios, por la Utilización de la Fuerza de Trabajo, con las adecuaciones previstas en los siguientes apartados, así como la Contribución Territorial para el Desarrollo Local.

Resolución 118 de 2016 de Ministerio de Finanzas y Precios

Identificador de norma: 
GOC-2016-374-EX9
Resumen: 

Extiende hasta el 28 de marzo de 2016, el término de pago de las obligaciones tributarias correspondientes al mes de febrero de este año, devengadas por los trabajadores por cuenta propia con domicilio fiscal en la provincia de La Habana.

Resolución 535 de 2014 de Ministerio de Finanzas y Precios

Resumen: 

Establece la aplicación de la Contribución Especial a la Seguridad Social a los trabajadores contratados a través de entidades autorizadas a suministrar fuerza de trabajo en la inversión extranjera, en los cargos que se benefician con incrementos salariales superiores a los doscientos pesos cubanos, a partir de la aplicación del régimen laboral aprobado para este sector de la economía.

Resolución 20 de 2016 de Ministerio de Finanzas y Precios

Estado: 
Identificador de norma: 
GOC-2016-74-EX2
Resumen: 

Las personas naturales obligadas al pago del Impuesto sobre Ingresos Personales, tributan conforme a lo establecido en la Ley No.

Decreto Ley 333 de 2015 de Consejo de Estado

Resumen: 

Modificativo de la Ley No. 113, De 23 de Julio de 2012, “Del Sistema Tributario”.

Resolución 468 de 2015 de Ministerio de Finanzas y Precios

Resumen: 

Modifica el apartado Segundo de la Resolución 70/15 del presente Ministerio donde se establece el tratamiento financiero que regula el régimen tributario a aplicar con carácter transitorio a las Cooperativas de Producción Agropecuarias no cañeras.

Resolución 348 de 2010 de Ministerio de Finanzas y Precios

Resumen: 

Establece que las Cooperativas de Producción Agropecuaria, las Unidades Básicas de Producción Cooperativa, dedicadas a la actividad cañera, a los efectos de la determinación del Impuesto sobre Utilidades, se obligan a pagar como impuesto mínimo, el cinco por ciento (5 %) del total de sus ingresos por ventas.

Resolución 457 de 2012 de Ministerio de Finanzas y Precios

Resumen: 

Establece las oficinas bancarias donde operan las Unidades Básicas de Producción Cooperativa no cañeras, retendrán a partir del 1ro de enero de 2013, el aporte del cinco por ciento (5%) sobre los ingresos brutos.

Decreto Ley 277 de 2010 de Consejo de Estado

Resumen: 

Modifica el Decreto-Ley No. 169 “De las Normas Generales y de Procedimientos Tributarios”, de 10 de enero de 1997, en su inciso c) de la Disposición Final Tercera.

Resolución 497 de 2013 de Ministerio de Finanzas y Precios

Resumen: 

Exonera del pago del Impuesto por la Utilización de la Fuerza de Trabajo, a las instituciones religiosas que correspondan y a las asociaciones fraternales legalmente reconocidas, por el personal que contraten eventualmente por la reparación o reconstrucción de inmuebles declarados patrimonio nacional

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