Establece las indicaciones para la inclusión en el Plan de Inversiones de las entidades cubanas, tanto estatales como privadas, las operaciones de arrendamiento o leasing de equipos.
Precisa las normas básicas aplicables en los contratos de arrendamiento sin opción de compra o leasing operativo, especialmente en lo referido a la adquisición por esta vía de equipos automotores.
Establece los productos o familias de productos susceptibles a ser objeto de pago del subsidio por la diferencia entre el precio mayorista y el precio minorista.