Resumen: 

Aclara que cuando las Salas de lo Civil y de lo Administrativo reciban una demanda en la que impugnen resolución dictada por la dirección de la vivienda en la cual se deniegue el derecho que motivó la promoción y a la vez declare ilegal al solicitante, deben admitir y tramitar el asunto en la vía judicial por el derecho reclamado, siempre que éste sea susceptible de conocimiento en proceso administrativo, con independencia de la declaración de ocupante ilegal que contenga la resolución impugnada.

Número: 
149
Año: 
2011
Palabras Claves: 
Estado: 
Anotada y concordada: 
No
Normas que la modifican: 
No existen referencias de normas