Aprueba las regulaciones específicas a tener en cuenta en los contratos de vinculación de los usufructuarios de tierras estatales ociosas con las empresas estatales y las cooperativas agropecuarias.
Establece las condiciones para el otorgamiento de créditos por los bancos a las formas productivas de la agricultura, concepto que incluye las empresas y granjas estatales, unidades básicas de producción cooperativa (UBPC), cooperativas de producción agropecuaria (CPA), cooperativas de crédito y servicios (CCS) y productores individuales.
Regula lo relativo a los gastos en el uso y contenido de las cuentas para la actividad empresarial, unidades presupuestadas de tratamiento especial y el sector cooperativo agropecuario y no agropecuario y establece nuevos elementos en los gastos del presupuesto del Estado.
Establece la proforma del Estado Financiero “Pagos a Personas Naturales y Otras Formas de Gestión” para las entidades de la actividad empresarial, unidades presupuestadas de tratamiento especial y el sector cooperativo agropecuario y no agropecuario.
Establece las regulaciones para la apertura y funcionamiento de Casitas Infantiles en empresas, unidades presupuestadas, cooperativas agropecuarias y no agropecuarias, empresas mixtas, organizaciones políticas, sociales o de masas.
Establece el procedimiento para el pago de la Contribución Especial a la Seguridad Social de los cooperativistas afiliados a las Unidades Básicas de Producción Cooperativa.