Prorroga hasta el 31 de marzo de 2024, la importación sin carácter comercial por encima del valor establecido para la vía de los envíos aéreos, marítimos, postales y de mensajería de la plantas eléctricas de una potencia superior a los 900 vatios.
Mantiene, durante el período de un (1) año, la disminución de los derechos de aduanas dispuesta en la Resolución Conjunta No. 4/1999, de los ministerios de Finanzas y Precios y de Comercio Exterior, correspondiente a varias subpartidas arancelarias.
Mantiene, hasta el 31 de diciembre del 2002, los derechos de aduanas de las mercancías, tanto a los que corresponda aplicarles la tarifa general como la de nación más favorecida.