Mantiene, durante el período de un (1) año, la disminución de los derechos de aduanas dispuesta en la Resolución Conjunta No. 4/1999, de los ministerios de Finanzas y Precios y de Comercio Exterior, correspondiente a varias subpartidas arancelarias.
Mantiene, hasta el 31 de diciembre del 2002, los derechos de aduanas de las mercancías, tanto a los que corresponda aplicarles la tarifa general como la de nación más favorecida.
Disminuye hasta el 31/12/2007, los derechos de aduanas correspondientes a las demás placas, hojas, bandas, cintas, películas y demás formas planas, autoadhesivas, de plástico, incluso en rollos incluidas en el grupo arancelario 3919.90.00.