Refiere que las viviendas que construya el Estado, o por cualquier razón queden disponibles, son asignadas, en concepto de arrendamiento a las personas que sean seleccionadas para ocuparlas.
Se faculta al Jefe de la Aduana de Depósitos y Ferias, para aplicar la sanción de decomiso y realizar la entrega de los vehículos automotores importados por las entidades extranjeras radicadas en nuestro país, así como los pertenecientes a ciudadanos extranjeros residentes temporales o permanentes en Cuba.
Establece el sistema salarial del Sistema de Prevención y Atención Social que abarca a los trabajadores de las categorías ocupacionales de operarios, trabajadores administrativos, trabajadores de servicios, técnicos y dirigentes.