Establece la tarifa fija mensual de diez pesos cubanos (10.00 CUP) para el cobro del servicio de electricidad generado por sistemas fotovoltaicos en aquellas viviendas que no son electrificadas por la red del Sistema Eléctrico Nacional (SEN), ubicadas en las provincias del país y el municipio especial Isla de la Juventud, excepto la Habana.