Resolución 19 de 1997 de Ministerio de Finanzas y Precios

Identificador de norma: 
GOC-1997-278-O18
Resumen: 

Establece para todos los choferes de todas las entidades estatales del país dedicados a prestar el servicio nacional de transporte terrestre automotor de carga, el pago de la dieta por ciclo de viaje.

Resolución Conjunta s/n de 1997 de Ministerio de Economía y Planificación, Ministerio de Finanzas y Precios

Identificador de norma: 
GOC-1997-1-EX1
Resumen: 

Establece un incremento de la dieta en moneda nacional, sin que esto implique una erogación global adicional por concepto de este gasto, lo que implica una mayor eficiencia mediante la racionalización de la cantidad de viajes y trabajadores que incurren en estos gastos.

Resolución 107 de 2023 de Ministerio de Finanzas y Precios

Identificador de norma: 
GOC-2023-469-O47
Resumen: 

Establece la cuantía y procesamiento para el otorgamiento de la dieta diaria por alimentación y alojamiento que se asigna a los dirigentes, funcionarios y trabajadores en el territorio nacional.

Resolución Conjunta 2 de 2020 de Ministerio de Economía y Planificación, Ministerio de Finanzas y Precios

Identificador de norma: 
GOC-2020-854-EX71
Resumen: 

Deroga la Resolución Conjunta 1 del 30 de marzo de 1998, dictada por los ministros de Finanzas y Precios y de Economía y Planificación.

Resolución 338 de 2020 de Ministerio de Finanzas y Precios

Estado: 
Identificador de norma: 
GOC-2020-839-EX71
Resumen: 

Actualiza la cuantía y procedimiento del otorgamiento de la dieta que se asigna a los dirigentes, funcionarios y trabajadores para el territorio nacional, a partir del proceso de ordenamiento monetario.

Resolución 267 de 2014 de Ministerio de Finanzas y Precios

Estado: 
Resumen: 

Establece que los gastos por dietas son aquellos en los que incurren los cuadros, directivos, funcionarios y trabajadores, en lo adelante trabajadores, cuando son enviados eventual o temporalmente a realizar labores que implican una variación de su lugar habitual de alimentación y alojamiento. Estos gastos comprenden los de alimentación (desayuno, almuerzo y comida) y alojamiento.