Gaceta Oficial No. 26 Extraordinaria de 2013

Tipo de Edición: 
Fecha: 
23/09/2013
Número: 
26

Decreto Ley 313 de 2013 de Consejo de Estado

Resumen: 

Aprueba la creación de la zona especial de desarrollo Mariel, con el objetivo de promover el incremento de infraestructuras y actividades que permitan un aumento de las exportaciones, sustitución de importaciones, realización de proyectos de alta tecnología, generar nuevas fuentes de empleo y contribuir al progreso nacional.

Resolución 82 de 2013 de Banco Central de Cuba

Resumen: 

Establece que para la prestación de servicio de intermediación extranjera en la zona especial de desarrollo del Mariel, se debe solicitar el otorgamiento de licencia al Banco Central de Cuba.

Resolución 278 de 2013 de Aduana General de la República

Resumen: 

Aprueba las normas para la aplicación del tratamiento especial aduanero en la zona especial de desarrolllo del Mariel, encargando a la Aduana del Mariel al control de dicha zona.

Decreto 316 de 2013 de Consejo de Ministros

Resumen: 

Establece el Reglamento del Decreto-Ley 313 de la zona especial de desarrollo del Mariel.

Resolución 150 de 2013 de Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente

Resumen: 

Aprueba las regulaciones para la realización del Proceso de Evaluación de Impacto Ambiental en la zona especial de desarrollo Mariel.

Resolución 384 de 2013 de Ministerio de Finanzas y Precios

Resumen: 

Establece que los usuarios y concesionarios de la zona especial de desarrollo Mariel, que interesen contratar el seguro de bienes de cualquier tipo y las responsabilidades con entidades extranjeras, deben presentarse a la Superintendencia de Seguros de Cuba, con los requisitos previstos en esta Resolución.

Resolución 14 de 2013 de Ministerio del Interior

Resumen: 

Establece las Regulaciones en materia migratoria y de orden interior aplicables a la zona especial de desarrollo Mariel.

Resolución 49 de 2013 de Ministerio de Trabajo y Seguridad Social

Estado: 
Resumen: 

Determina las cuantías a pagar por el suministro de la fuerza de trabajo entre la entidad cubana y el concesionario extranjero (salarios, gastos, formas de pagos, incremento y límite de pagos).