Prohíbe el arrendamiento de viviendas, habitaciones o espacios con fines habitacionales u otros a los integrantes de Misiones Diplomáticas, Consulares, Organismos Internacionales y de las Agencias de Prensas acreditados en el país.
Autoriza la inscripción para arrendar temporalmente a los solicitantes que cumplan los requisitos preestablecidos en las disposiciones vigentes sobre arrendamiento y que sus inmuebles se encuentran ubicados en el municipio de Varadero en su totalidad, así como el área de playa “La Boca” municipio Trinidad, Sancti Spíritus.
Aplica el procedimiento establecido por la Resolución No. 617/2003, con las modificaciones que se introducen, a las permutas que se promuevan sólo en algunos territorios, a partir del día 24 de octubre y hasta el 31 de diciembre del año en curso.