Identificador de norma: 
GOC-2006-1508-O102
Resumen: 

Establece una cuantía mínima para las personas jurídicas, nacionales o extranjeras como requisito para interponer demandas de contenido patrimonial ante las Salas de lo Económico de los Tribunales Provinciales Populares, ascendente a tres mil pesos moneda nacional ($3,000.00 CUP), o moneda libremente convertible ($3,000.00 CUC).

Número: 
182
Año: 
2006
Anotada y concordada: 
No
Normas que la modifican: 
No existen referencias de normas
Norma que la deroga: 
No existen referencias de normas