Establece precisiones referidas al contenido de las certificaciones expedidas por nuestros tribunales de las resoluciones firmes que hubieran dictado o de otras actuaciones que consten en los procesos judiciales a su cargo, las personas legitimadas a solicitarlas, el procedimiento y términos para su autorización, y modo de proceder ante situaciones de destrucción y deterioro de las actuaciones judiciales u otras de fuerza mayor.