Las salas de lo económico de los tribunales provinciales populares conocerán de los conflictos entre trabajadores por cuenta propia, en los procesos ejecutivos y ordinarios, cuando concierten contratos económicos entre ellos y ambos actúen en esa relación en el ámbito de la actividad comercial, productiva o de servicios para la cual estén autorizados. Asismismo, conocerán de los litigios extracontractuales por daños y perjuicos ocasionados a un trabajador por cuenta propia, en el desarrollo de su actividad productiva, comercial o de servicio, de conformidad con lo regulado en los artículos 739,751 j) y 742 de la Ley de procedimiento civil, administrativo, laboral y económico.