Establece las indicaciones generales para la migración hacia plataformas de código abierto y la generalización de programas y aplicaciones informáticas de producción nacional en los sistemas operativos de los nodos tecnológicos, servidores o centros de datos privados que soportan los sistemas informáticos, así como las computadoras personales de escritorio y portátiles, que estén todos conectados a internet, a ser aplicadas por los órganos, organismos de la Administración Central del Estado, el Banco Central de Cuba, la Aduana General de la República, el Instituto de Planificación Física y