Aprueba los límites de las dimensiones permisibles para los envíos de correspondencia, las encomiendas postales y el valor del monto de los giros nacionales considerado como parte del Servicio Postal Universal.
Aprueba la metodología para el tratamiento de los envíos postales no distribuibles en un plazo determinado, tanto al remitente como al destinatario, y que son declarados como rezago.
Aprueba los plazos para establecer y responder las reclamaciones relativas a los servicios postales, así como los montos que por concepto de indemnización pagan los operadores postales a personas naturales o jurídicas.