Identificador de norma: 
GOC-2001-747-O41
Resumen: 

Establece que las personas juridicas que resulten destinatarias de mercancías que se encuentren depositadas en los recintos portuarios y que hayan sido declaradas en abandono legal por la Aduana General de la República, asumirán todos los gastos que correspondan por el almacenaje portuario y por los demás servicios prestados.

Número: 
129
Año: 
2001
Anotada y concordada: 
No
Normas que la modifican: 
No existen referencias de normas
Norma que la deroga: 
No existen referencias de normas