Dispone que todas las personas naturales y jurídicas que en la actualidad se encuentran inscritas en el Registro Central de Aduanas deben
actualizar los datos relativos a su inscripción.
Dispone que para la realización de los trámites de importación y exportación las personas jurídicas utilizarán los servicios de agentes de aduana o de apoderados.
Faculta a los jefes de las unidades subordinadas al Órgano Central de Dirección de la Aduana General de la República, para que designen las autoridades facultadas para imponer sanciones a las personas naturales y jurídicas por las infracciones aduaneras.