Establece el procedimiento financiero, las regulaciones en materia de precios y del control estatal, del proceso de Ordenamiento de la cooperación entre los diferentes órganos y organismos del Estado y las entidades económicas subordinadas a éstos.
Dispone que, los centros que realicen actividades de Investigación-Desarrollo e Innovación Tecnológica y las instituciones subordinadas al CITMA, formen sus precios y tarifas por acuerdo entre las partes.
Deroga la Resolución Conjunta de 1991, que puso en vigor el procedimiento para la formación de los precios y tarifas de la actividad científico-técnica.
Establece los nuevos principios que regirán a partir de la zafra 1887-98 para la fomación y fijación de precio de acapio de la caña de azúcar y de los insumos para su producción.
Fija con carácter oficial y de obligatorio cumplimiento, los precios que se relacionan en la Lista Oficial de Precios correspondientes a “Actividades de carga y descarga”.
Fija con carácter oficial y de obligatorio cumplimiento, los precios que se relacionan en la Lista Oficial de Precios correspondientes a “Producción de fertilizantes”.
Fija con carácter oficial y de obligatorio cumplimiento, los precios que se relacionan en la Lista Oficial de Precios correspondientes a “Convertidoras de papel, cartón y cartulina”.
Fija con carácter oficial y de obligatorio cumplimiento, los precios que se relacionan en la Lista Oficial de Precios correspondientes a “Productos de papel, cartón y pulpa de celulosa”.