Aprueba el precio mayorista máximo en moneda nacional para las pastas alimenticias 100 % sémola producidas por las empresas pertenecientes a la Unión Confitera con destino al Turismo.
Aprueba el precio mayorista máximo en moneda nacional para las pastas alimenticias 100 % sémola producidas por las empresas pertenecientes a la Unión Confitera con destino al Turismo.
Apueba el precio mayorista máximo en moneda nacional para las pastas alimenticias 100 % sémola producidas por las empresas pertenecientes a la Unión Confitera con destino al Turismo.
Aprueba el precio mayorista máximo en pesos cubanos del producto elaborado por la Unión Láctea: Mezcla para batido Sabor rizado de chocolate, Bolsa de 25 kg.
Aprueba el precio minorista, en pesos cubanos, al surtido Tilapia Entera de Cultivo inferior a 400 gramos, para la venta en las Pescaderías Especializadas.